• Al parecer tocará a Washington decir la palabra tranquilizante
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MIAMI, 3 DE MAYO DE 2012, NHR– La legislación FHB 959 patrocinada en el Senado estatal por René García y en la Cámara por Michael Bileca, está en medio de una controversia que coloca de un lado a la Legislatura de la Florida y del otro, repentinamente, al gobernador del Estado, Rick Scott.
La ley, aprobada casi unánimemente en la legislatura y firmada en Miami por el gobernador en medio de singular ritual, establece que las compañías privadas que mantienen negocios con Cuba y Siria (considerados regímenes terroristas) no pueden a su vez hacer negociaciones con entidades que operen con el dinero de los contribuyentes, entiéndase una entidad de gobierno a cualquier instancia.
La pugna se originó tras las declaraciones emitidas por el gobernador Scott que después de firmar la referida ley ante una nutrida audiencia de exiliados cubanos, legisladores y representantes a diferentes instancias, dijo que ante la posibilidad de que la ley estatal entrara en conflicto con la legislación federal al respecto, no entraría en vigencia en la Florida hasta que Washington no lo autorice expresamente.
Lo dicho por Scott ha sido criticado fuertemente, en primera instancia por el propio poponente de la ley, el senador René García, seguido por otros funcionarios electos a niveles local, estatal y federal, haciéndose eco de la crítica la prensa hispana del Sur de la Florida.
Al respecto, el congresista David Rivera advirtió que “el gobernador no tiene potestad, para no implementar una ley que fue”, agregando que “a nivel federal no existe ninguna ley que indique a los gobiernos estatales cómo utilizar el dinero de los contribuyentes”, que es uno de los aspectos abordados en la legislación de que se trata.
Rivera citó que hay un precedente similar con la ley que regula los vínculos de universidades públicas con instituciones educacionales en Cuba. Ese caso fue llevado a la corte y el fallo terminó siendo a favor del estado”.
Rivera ha manifestado que llevaría al gobernador a la corte si fuera necesario si la ley no se hace vigente en la fecha fijada, que es el 1 de Julio.
La legislación FHB 959, prevé a su vez la ruptura de contratos vigentes siempre que se pruebe que una compañía tiene contratos vigentes con Cuba o Siria.